ESEFOR - ADUANAS Y CONTRABANDO

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ADUANAS Y CONTRABANDO

Este curso pertenece a la categoría Administración. Asesorías y gestorías


El método de estudio del curso ADUANAS Y CONTRABANDO es e-learning

Contenido del curso ADUANAS Y CONTRABANDO

Tráfico internacional de mercancías

El tráfico internacional de mercancías consiste en el traslado de bienes de un país a otro mediante los sistemas de transito aduanero internacional. Se utiliza una empresa transportista autorizada por el servicio aduanero nacional, quien funcionará como responsable de la ejecución del tráfico y custodia de las mercancías. La custodia va desde una aduana de partida hasta una aduana de destino.

Las empresas transportistas autorizadas son empresas de tráfico legalmente constituidas. Cuentan con autorizaciones para realizar actividades propias del régimen de transito aduanero.

El transportista autorizado es el responsable de cumplir con las formalidades aduaneras de cada país en el que se desarrolle la operación aduanera. Se debe elaborar un contrato de tráfico donde comparezcan él por una parte y el remitente o destinatario por la otra.

También se realizará el manifiesto de carga, carta de porte y demás documentos que son necesarios para elaborar la Declaración Aduanera de Transito Internacional. Estos deben presentarse conjuntamente con dicha Declaración, mercancía y medios de tráfico, ante la autoridad aduanera en la aduana de partida, aduana de destino y de paso.

Las autoridades aduaneras

Las autoridades aduaneras de los países donde se desarrollan las operaciones relacionadas con el transito aduanero son las responsables de efectuar el control aduanero como lo dictan los acuerdos y convenios internacionales.

Para el caso de aduanas de partida, las autoridades deben:

  • Verificar que en la documentación presentada hayan sido declarados correctamente los medios de tráfico, unidades de carga y mercancías que se transportan.
  • Colocar los precintos aduaneros, para asegurar y autorizar el inicio del tránsito aduanero por la ruta y plazo establecido.

Cuando la autoridad aduanera se encuentre en aduanas de paso tiene que:

  • Verificar la documentación que se le presente.
  • Verificar los medios de tráfico y unidades de carga.
  • Vorroborar que los números de los precintos aduaneros estén correctos en la Declaración de Transito Aduanero.
  • Examinar su estado, debiendo dejar constancia en la misma declaración de todas las actuaciones realizadas.

En aduanas de destino, la autoridad aduanera debe:

  • Verificar la entrega de la documentación y mercancía por parte del transportista.
  • Cotejar el número de precinto con el declarado.
  • Verificar su estado y cumplimiento de rutas y plazos otorgados para la conclusión del tránsito aduanero.

La autoridad aduanera está facultada para emitir sanciones por infracciones cometidas en la ejecución el transito aduanero.

Los documentos de soporte de la Declaración de Transito Aduanero Internacional

Los documentos de soporte de la Declaración de Transito Aduanero Internacional son elaborados por el transportista. Los realiza con información y documentación proporcionada por el exportador. Esta información quedará sujeta a control aduanero.

Consiste en la elaboración de un contrato de tráfico, el cual se suscribe entre el transportista y el exportador. En él se detallan las condiciones del tránsito: lugar de recepción y entrega, plazos y condiciones de las mercancías.

En base a este documento el transportista autorizado emite:

  • La carta de porte (terrestre) o conocimiento de embarque (marítimo).
  • El manifiesto de carga.
  • La declaración de transito aduanero.

Tiene que presentar esta documentación conjuntamente con los medios de tráfico, unidades de carga y las mercancías transportadas, a las autoridades aduaneras de los países entre los cuales se realiza la operación.

Para declarar los servicios de aduanas de mercancías no comunitarias y comunitarias se utiliza el Documento Único Administrativo (D.U.A.). Este documento puede ser utilizado por personas para las que vayan destinadas las mercancías, las que representen a las anteriores y aquellas que las presenten en nombre propio o por cuenta ajena.

El contrabando aduanero

El delito más común es el contrabando aduanero, pero las autoridades están legislando para erradicarlo a nivel mundial. Encontramos dos tipos de contrabando: el abierto y el técnico. El primero hace referencia al ingreso o salida de mercancías en territorio aduanero nacional sin declarar las mercancías. Y el segundo se refiere a al ingreso o salida de mercancías al territorio nacional declarando las mercancías, pero alterando la información y cometiendo fraude. El objetivo es pagar menos tributos aduaneros.

 

Programa:

 

Tema 1. Tráfico intercomunitario de mercancías.

Tema 2. Tráfico exterior de mercancías.

Tema 3. Delitos de contrabando y monetarios.

Tema 4. Normativa internacional sobre el control de aduanas.

Tema 5. Prestaciones transfronterizas de servicios.

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